|
COMUNICADO
Con respecto al acuerdo firmado con las cámaras empresariales de buques
fresqueros, CAABPA y CAIPA, debemos decir que se aceptó el 15% únicamente por
dos motivos:
1) Porque más allá de la voluntad de los gremios, no hubo posibilidad de
exigir aproximarse más a la real inflación. A ello debe sumarse que hemos
firmado con las dos cámaras empresarias representativas CAABPA y CAIPA razón por
lo cual todos nuestros afiliados recibirían el incremento, esté la empresa para
la que trabajen en una u otra cámara o en ninguna.
2) No aceptamos el 7% NO REMUNERATIVO porque no impacta en el salario
que finalmente acordará cada capitán u oficial, ya que todos deben ganar por
sobre el CCT BÁSICO; este mecanismo tampoco beneficia a la administración de
nuestro gremio y obra social. Al momento que el 7% no remunerativo se haga
REMUNERATIVO se incorporará también al acuerdo de la Asociación.
Con respecto a los u$s 0,90 (noventa centavos de dólar) x Kilogramo de
langostino fresco debemos celebrarlo, porque tras 35 años por primera vez
los Capitanes de Pesca tenemos este valor BÁSICO en nuestro CCT.
Al valor básico por Kilo de langostino fresco (conforme el valor del dólar tipo
comprador del Banco Nación vigente al último día del mes) se lo debe multiplicar
por la cantidad de kg, y al resultado aplicar el porcentaje correspondiente a la
categoría (están reflejados en el CCT que se puede consultar en
www.capitanesdepesca.org.ar).
La cantidad de kg. por cajón está determinada en
CCT 638/11 para merluza, y corresponde a 33 kg.; mientras que para el langostino
está determinada por Subsecretaría de Pesca, siendo actualmente de 17 kg. por
cajón.
Si en un futuro se quiere luchar por un CCT de máxima, nos convocaremos al
efecto, teniendo presente que a partir del 1 de julio de 2018 se abrirá la
paritaria de renegociación del CCT 638/11 para los capitanes y oficiales de la
flota
fresquera.
01/06/2018
|
|
|
|
|