RETIMMAR: No permitiremos que se soslaye la profesionalidad de capitanes y oficiales de pesca, tal como ocurrió con la aplicación y reformas de REFOCAPEMM

Tras notificar a las autoridades nacionales de Transporte, el reclamo llegó a Prefectura. Es que la PNA autoridad de aplicación del Convenio STCW-F, por ello el Secretario General de Capitanes de Pesca Jorge Frías solicitó al Prefecto Nacional Naval, PG Eduardo René Scarzello, que si el proyecto en cuestión es de autoría de esa fuerza dé cuenta de la oposición planteada por este sindicato, y en caso contrario, dando cumplimiento de los deberes de funcionario público intervenga rápidamente para que el mundo no asista a un juego de políticas e intereses que afectan la seriedad de la actividad pesquera que tanto importa a la OMI


El actual proyecto en elaboración de Reglamento de Titulación del Personal de la Marina Mercante no debe ni puede entrar en vigor; pues ello permitiría que se continúe habilitando capitanes y oficiales de puente que carezcan de conocimiento y experiencia exigidos por el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para el Personal de Buques Pesqueros (STCW-F: Standards of Training, Certification and Watch keeping for Fishing Vessel Personnel), ratificado por ley 26.981, y que por Decreto 1829/15 es la Prefectura Naval Argentina autoridad de aplicación. Y el cumplimiento de la normativa legal conjuntamente con la profesionalidad de sus representados es lo que defiende la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca.

En ese sentido, en la SSPyVN se abrió días atrás el Expediente 2017-0159790, por el cual el capitán Jorge Frías en su carácter de Secretario General, expresa la oposición de esta entidad gremial a la actual redacción del Proyecto de RETIMMAR, que pretende introducir todas las formas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros y que en su redacción burla y viola la esencia misma del STCW-F.

Navegar es una actividad humana, pescar es otra actividad. Se remarca esta diferencia pues parece haber redactores de proyectos de reglamentos marítimos que la ignoran. Se puede ser un excelente capitán de ultramar, capitán fluvial, de submarinos o buques de guerra o de policía, pero eso no lo hace conocedor del arte que representa la actividad pesquera.

Y ese fue el espíritu del STCW-F, que diferencia el simple hecho de navegar de la faena de pescar, y prevé la debida capacitación en las maniobras de un buque pesquero en todas las condiciones, particularmente “cuando esté faenando, con especial atención a los factores que puedan afectar desfavorablemente a la seguridad del buque durante esas operaciones”. Igualmente deben estar capacitados en la manipulación de la captura, con conocimiento de los procedimientos seguros de manipulación y estiba, y artes de pesca a bordo, carga y descarga, prestando especial atención a los momentos escorantes producidos por el aparejo y la captura.

Jorge Frías hizo saber en un documento remitido hoy al Prefecto Nacional Naval, PG Eduardo René Scarzello que "los pescadores argentinos nos encontramos con Capitanes de Ultramar, Fluviales, de Fragata o de Submarino, que pasaban a despachar buques pesqueros extranjeros", en perjuicio de las fuentes de trabajo y generando un vicio de conductas y necesidades económicas, llevando a que casi un 30% de los buques pesqueros habilitados en el Mar Argentino sean despachados por capitanes que no saben pescar ni pescan, y dejan en la práctica la actividad de pescar a extranjeros que poco saben de nuestros intereses nacionales.

Con esos argumentos, y considerando que mientras se adapta, deroga o conforma la normativa que asegure la formación y titulación acorde al STCW-F, incluyendo conocimientos teóricos y experiencia práctica a bordo de buques escuela o de buques pesqueros; recordando asimismo que hasta la propia Rocram ha reconocido las falencias de la formación en los países de la región, sabido que además no existe aún un simulador de la faena pesquera capaz de dar cumplimiento a la práctica que exige el STCW-F, y que en Argentina ninguna institución educativa formadora de capitanes y oficiales de pesca cuenta con planes de estudios teóricos que aseguren el conocimiento práctico necesario para faenar; teniendo en consideración la responsabilidad que le cabe a la PNA, el capitán Frías solicitó por escrito al Prefecto Nacional, que en caso de que Prefectura hubiera intervenido en la redacción del proyecto en cuestión dé cuenta de la oposición planteada por este sindicato; y si no fuera parte del mismo, que intervenga en lo inmediato dando cumplimiento a la responsabilidad que le asigna el Estado argentino, agregando que hasta tanto no se hayan dictado las normas que cumplan con el STCW-F, no se permita acceder a funciones de patrones, capitanes y oficiales de pesca a quienes desde su entrada en vigor no cuenten con su titulación conforme al convenio internacional.


Copia de la nota presentada al Prefecto Nacional
PG Eduardo René Scarzello







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